Pensando en los colombianos creamos una tabla de resumen para centralizar y facilitar la búsqueda de las principales base de retención en la fuente para el año gravable 2026

Salario Minimo Legal Vigente $         1.750.905
 Auxilio de Transporte  $            249.095
   UVT    $              52.374
 TABLA RETENCION EN LA FUENTE AÑO 2026
Num.SALARIALESA partir de UVTBaseTarifas
1Salarios, y pagos o abonos en cuenta por concepto de ingresos por honorarios y por compensación por servicios personales obtenidos por las personas que informen que no han contratado o vinculado dos (2) o más trabajadores asociados a la actividad.95$ 4.976.000Tabla del Art.383 del ET
2Indemnizaciones salariales empleado ingresos superiores a 204 UVT (Art. 401-3 E.T.) DUR 1625 1.2.4.1.13N/A$ 120%
Num.HONORARIOS Y CONSULTORIAA partir de UVTBaseTarifas
3Honorarios y Comisiones (Cuando el beneficiario del pago sea una persona jurídica o asimilada. DUR 1625 Art. 1.2.4.3.1N/A$ 111%
4Honorarios y Comisiones cuando el beneficiario del pago sea una persona natural No declarante (Art. 392 Inc 3), sera del 11% cuando los contratos que se firmen en el año gravable o que la suma de los ingresos con el agente retenedor superen 3.300 uvt ($139.959.600 Uvt año 2023). DUR 1625 Art. 1.2.4.3.1N/A$ 110%
5Por servicios de licenciamiento o derecho de uso de software. Los pagos o abonos en cuenta que se realicen a contribuyentes con residencia o domicilio en Colombia obligados a presentar declaración del Impuesto sobre la renta y complementarios en el país. DUR 1625 Art. 1.2.4.3.1 Parágrafo, para no declarantes la tarifa se aplica segun lo establecido en el numeral 4N/A$ 13,5%
6Por actividades de análisis, diseño, desarrollo, implementación, mantenimiento, ajustes, pruebas, suministro y documentación, fases necesarias en la elaboración de programas de informática, sean o no personalizados, así como el diseño de páginas web y consultoría en programas de informática.  1625 Art. 1.2.4.3.1 Parágrafo para no declarantes la tarifa aplica segun lo establecido en el numeral 4N/A$ 13,5%
Num.SERVICIOSA partir de UVTBaseTarifas
7Servicios en general personas jurídicas y asimiladas y PN declarantes de renta. DUR 1625 Art. 1.2.4.4.14.2$ 105.0004%
8Servicios en general PN no declarantes de renta. DUR 1625 Art. 1.2.4.4.14.2$ 105.0006%
9Servicios de transporte nacional de carga (terrestre, aéreo o marítimo) DUR 1625 Art. 1.2.4.4.8.2$ 105.0001%
10Servicios de Transporte nacional de pasajeros (terrestre). DECLARANTES Y  NO DECLARANTE DUR 1625 Art. 1.2.4.10.6.10$ 524.0003,5%
11Servicio de transporte nacional de pasajeros (aéreo y marítimo)  DUR 1625 Art. 1.2.4.4.6.2$ 105.0001%
12Servicios prestados por Empresas Temporales de Empleo. (Sobre AIU Mayor o igual a 2 uvt) DUR 1625 Art. 1.2.4.4.10.2$ 105.0001%
13Servicios de vigilancia y aseo prestados por empresas de vigilancia y aseo. (Sobre AIU Mayor o igual a 4 uvt). DUR 1625 Art. 1.2.4.4.10.2$ 105.0002%
14Los servicios integrales de salud que involucran servicios calificados y no calificados, prestados a un usuario por instituciones prestadoras de salud IPS, que comprenden hospitalización, radiología, medicamentos, exámenes y análisis de laboratorios clínicos (Art. 392 Inc 5 E.T.) DUR 1625 Art. 1.2.4.4.12.2$ 105.0002%
15Arrendamiento de Bienes Muebles. DUR 1625 Art. 1.2.4.4.10.N/A$ 14%
16Arrendamiento de Bienes Inmuebles. DECLARANTES Y NO DECLARANTES. DUR 1625 Art. 1.2.4.10.6.10$ 524.0003,5%
17Servicio de Hoteles , Restaurantes y Hospedajes.  DECLARANTES Y NO DECLARANTES DUR 1625 Art. 1.2.4.10.6.2$ 105.0003,5%
18Contratos de construcción, urbanización y en general confección de obra material de bien inmueble. DUR 1625 Art. 1.2.4.9.1.10$ 524.0002%
Num.COMPRASA partir de UVTBaseTarifas
19Compras y otros ingresos tributarios en generalDECLARANTE DUR 1625 Art. 1.2.4.9.1.10$ 524.0002,5%
20Compras y otros ingresos tributarios en general NO DECLARANTE DUR 1625 Art. 1.2.4.9.1.10$ 524.0003,5%
21Compra de bienes y productos Agrícolas o Pecuarios SIN procesamiento industrial . Con procesamiento aplica la retención por compras, o en las compras de café pergamino tipo federación DUR 1625 Art. 1.2.4.6.7.70$ 3.666.0001.5%
22Compra de Café Pergamino o cereza. DUR 1625 Art. 1.2.4.6.8.70$ 3.666.0000.5%
23Compra de Combustibles derivados del petróleo a favor de distribuidores mayoristas o minoristas de combustibles. DUR 1625 Art. 1.2.4.10.5.N/A$ 10.1%
Num.OTROSA partir de UVTBaseTarifas
24Indeminizaciones diferentes a las salariales y a las percibidas en demandas contra el estado para residentes fiscales en Colombia. (Art. 401-2 E.T.)N/A$ 120%
25Rendimientos Financieros Provenientes de titulos de renta fija, contemplados en el Decreto 700 de 1997. DUR 1625 Art. 1.2.4.2.83N/A$ 14%
26Rendimientos financieros en general  Art. 395, 396 y DUR 1625 Art. 1.2.4.2.5N/A$ 17%
27Rendimienos financieros provenientes de títulos de denominación en moneda extranjera DUR 1625 Art. 1.2.4.2.56N/A$ 14%
RETENCION POR PAGOS AL EXTERIOR  Y DIVIDENDOS
* Las tarifas cambian para los paises con acuerdos de doble tributacion vigente. Ley 142  de 1994
Num.ConceptosA partir de UVTBaseTarifas
28Intereses, comisiones, honorarios, regalías, arrendamientos, compensaciones por servicios personales, o explotación de toda especie de propiedad industrial. Ley 2010 Art. 92. Modifica Art. 408 E.T.N/A$ 120%
29Consultorías, servicios técnicos y de asistencia técnica, bien sea que se presten en Colombia o desde el exterior.  Ley 2010 Art. 92. Modifica Art. 408 E.T.N/A$ 120%
30Concepto sea gananacia ocasional.   Art. 415 E.T.N/A$ 115%
     
RETENCION DE IVA
31Pagos a establecimientos comerciales que aceptan como medio de pago las tarjetas débito o crédito (Servicios 2UVT, Bienes 10UVT.)No aplicaLa base es el 100% del IVA teórico15% del Iva
32Cuando adquieran bienes corporales muebles o servicios gravados, de personas que se encuentren registradas como contribuyentes del impuesto unificado bajo el régimen simple de tributación -SIMPLE.Bases retención rentaIVA Facturado15% del IVA
33Por el pago de servicios gravados con IVA y quien prestó el servicio es un no residente en Colombia. E.T. Art. 437-2 num 3.No aplicaLa base es el 100% del IVA teórico100% del IVA
34Retención de IVA para venta de papel o cartón para reciclar (desperdicios y desechos) cuando estos sean vendidos a las empresas de fabricación de pastas celulósicas, papel y cartón ; fabricación de papel y cartón ondulado, fabricación de envases, empaques y de embalajes de papel y cartón; y, fabricación de otros artículos de papel y cartón. DUR 1625 Art. 1.3.2.1.11.No aplicaIVA Facturado100% del IVA
35Retención de IVA para venta de desperdicios y deshechos de plomo  se generará cuando estos sean vendidos a las empresas de fabricación de pilas, baterías y acumuladores eléctricos.  DUR 1625 Art. 1.3.2.1.12.No aplicaIva facturado100% del IVA

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